martes, mayo 05, 2015

CAPÍTULO XI: NILO ARROBA, LA CIMA DE LA CORRUPCIÓN (Libro del Dr. Vladimir Cerrón Rojas)



Nilo Ángel Arroba Niño, estudió en la Universidad Nacional de Trujillo y quiso ser médico (229). Le sirvió mucho ser militante del Apra, móvil que lo condujo a ser recomendado y contratado en una cátedra por el entonces rector de la Universidad Comunal del Centro del Perú, Dr. Javier Pulgar Vidal. Ambos de la misma filiación política. Fue contador público de profesión, según él mismo ha testimoniado, llegó a trabajar como docente auxiliar en la Universidad Nacional de Trujillo los años 1966 y 1968. Es considerado como el rector más cuestionado que ha tenido la UNCP, hasta ahora, unos pocos lo defienden, otros, mayoritariamente, lo condenan, por sus actos de corrupción, enteramente servil a su partido político que lo indujo a confundir lealtad con complicidad, autonomía con impunidad y fue el único rector enviado a la cárcel.

Su ilegal nombramiento

Nilo Arroba se hizo rector de la UNCP tras la renuncia del ingeniero Manuel Carranza Márquez. Lo insólito del caso es haber llegado a tan alta investidura sin tener los requisitos mínimos que condicionaba la Ley Universitaria, gracias a una maniobra parlamentaria que dio por promulgada la famosa Ley Arroba. Semejante prerrogativa solamente la tuvo el Dr. Luis Alberto Sánchez con la Ley Sánchez.

El día 17 de diciembre de 1968 se denunció ante la opinión pública que Nilo Arroba Niño no tenía el grado de Doctor como se hacía llamar y en su defensa, su abogado Moisés Tambini del Valle, mencionó que su patrocinado usaba el título de Doctor porque es costumbre en Huancayo llamar doctor a los abogados y odontólogos pero, en realidad, Arroba solamente tenía el título de Contador Público obtenido en la Universidad Nacional de Trujillo, no tenía grado académico de Doctor, ni tenía los 10 años de profesor principal, requisito esencial, para ser decano titular o rector (75,111).

Arroba era consciente de su nombramiento ilegal, puesto que él mismo reconoció en 1964, carecer de requisitos para ejercer el rectorado, según la declaración que hiciera el Ing. Juan Julio Quiñe Navarro, el 20 de diciembre de 1968 en la Corte de Justicia de Junín. Pero contra todos los pronósticos y por demás curioso, en la Ley Universitaria y en los Estatutos de la UNCP, no existía el cargo de Encargado de la rectoría, cargo inventado por el Consejo Universitario para favorecer al único “cuadro” confiable que tenía el Apra y que debía ocupar el cargo administrativo más alto en la universidad.
  
Un psicosocial más, el intento de su “asesinato”

La Agrupación de Catedráticos Apristas de la UNCP se solidarizó con Nilo Arroba y Alejandro Aliaga Rodríguez, supuestamente por haber sufrido un atentado criminal, ocurrido contra sus personas (174). El 21 de septiembre de 1968, acerca del atentado, el Dr. Félix Ortega Arce, alcalde del Concejo Provincial de Huancayo, condenó y rechazó todo acto que socavaba las bases democráticas y que los métodos utilizados en este intento de asesinato, eran de tendencia marxista, culpando a la vez a los miembros de estas agrupaciones. Por su parte Saúl Muñoz Menacho, secretario general de Unidad de Izquierda, manifestó como respuesta a las declaraciones de Ortega: “Las artimañas apristas son conocidas. Lo de ayer es una payasada de ellos mismos para hacerse notorios, porque están huérfanos del apoyo popular” (188, 197).

Producto de un ataque sistemático de la prensa derechista, de culpar a las fuerzas progresistas del atentado, el ministro de Gobierno Carlos Velarde Cabello, reafirmaba la autoría calumniosa, afirmando que los comunistas atentaron contra las vidas del Rector y el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, ordenando un allanamiento del local del Frente de Izquierda de Huancayo y deteniendo a Juvenal Gorrity Buitrón, Alonso Oblítas Jiménez, Alejandro Aliaga Calvo y Pablo Ormeño, militantes del Partido Comunista Peruano. Pero, al no poderse probárseles nada, fueron puestos en libertad a gestión de los dirigentes del partido Unidad de Izquierda (196).

Acerca de este intento de asesinato el Dr. Torpoco manifiesta: “Ahora con más madurez y conociendo cómo actúa el Apra, debieron haber sido ellos mismos. A la gente que no conoce su historia es fácil sorprenderla. En estos actos existe una intencionalidad, que es desprestigiar a la oposición política”. Efectivamente, el atentado contra Arroba era un psicosocial perpetrado por su mismo partido para entretener a la opinión pública frente a los actos de corrupción que se venían descubriendo y a la huelga estudiantil que se venía desarrollando.
El atentado contra Arroba al parecer fue perpetrado por su mismo partido para entretener a la opinión pública frente a los actos de corrupción que se venían descubriendo. Archivo personal.


Su política antiestudiantil

El día 18 de junio de 1965, Nilo Arroba manifestaba con respecto a las medidas de lucha estudiantil en pro de la moralización y reorganización universitaria: “Los estudiantes de las universidades del país y de esta Casa de Estudios acostumbran a ocupar locales, amenazar y vejar a sus profesores, declararse en huelga, organizar “Marchas de Sacrificio”, declararse en huelga de hambre, convertir los claustros universitarios en verdaderos campos de vandalismo y de práctica de sus métodos y posiciones políticas, desvirtuando de esta manera el fin que está llamada a cumplir la Universidad, toda vez que en un clima de esta naturaleza ni los alumnos se dedican a estudiar ni permiten que los profesores puedan enseñar, traicionando de esta manera las esperanzas que la patria tiene puestas en la juventud y en la Universidad, como medio para alcanzar su pleno desarrollo a que tiene derecho” (254).

Arroba continuamente había desconocido a los dirigentes estudiantiles de los Centros Federados, sobre todo de la Facultad de Educación y a los dos presidentes de la FEUNCP, Jaime Cerrón Palomino y Javier Véliz Ramos. Estas maniobras estaban encaminadas a controlar el ingreso en los exámenes de admisión, bajo la premisa que todos debían ser apristas. Solamente recibía el apoyo de un sector estudiantil, la UEU, presidido por el incondicional Ricardo Bohórquez (172). Los desalojos de los estudiantes, autorizando la intervención de las FFPP, la violación continúa de la autonomía universitaria, las expulsiones del alumnado y sus calumnias de “agentes del comunismo internacional”, marcaron su gobierno.

El Apra derrocha los fondos de la UNCP

El gobierno rectoral de sucesivas gestiones había creado una dependencia a la que denominaron Oficina de Desarrollo y Promoción Comunal, cuyo fin no era el apoyo a las comunidades, sino una caja grande para garantizar actividades proselitistas del aprismo. Con el dinero a ella destinada, se movilizaban campesinos con viáticos pagados, se organizaban mítines, desfiles, afiches, volantes, recepciones, pachamancadas, cumpleaños, cocteles, comunicados periodísticos y pagos de alojamiento de personajes políticos.

Las 108 cuestiones, de hecho comprobadas a Nilo Arroba, han confirmado esta inicial sospecha: “Se comprueba que los presupuestos para la UNCP se gestionaban en las Cámaras Legislativas contando con la ayuda de los ex senadores Prialé y Ferreira como de la célula parlamentaria aprista; probado que con los mismos fondos se atendieron 65 renglones de gasto para homenajear al ex senador Ramiro Prialé – que se repitieron hasta en tres oportunidades - con concentración y desfile de comunidades, contratación de vehículos para el traslado, orquestas y bandas, comidas, banquetes y pagos de alojamiento al ex senador y de sus acompañantes; probado que con los fondos de la Universidad se pagaba el arrendamiento por dos días, del cine Astoria para que el jefe del partido aprista sustentara una conferencia académica y otra de carácter político con motivo y clausura del Congreso de Alcaldes del Departamento de Junín convocado por el burgomaestre de Huancayo; probado que la Universidad pagaba el alojamiento y alimentación para Arroba Niño y Alejandro Aliaga en hoteles lujosos en Lima, Paracas, Trujillo, Tarma y San Ramón” (109).

El contraataque político a estas denuncias consistió en obligar a sus autoridades (alcaldes distritales elegidos por designación partidaria) a realizar pronunciamientos periodísticos respaldando la gestión rectoral de Arroba y la actitud de Prialé, las mismas que eran pagadas con el dinero de la universidad, como el que describimos de un 27 de mayo de 1967: “Nos es honroso poner en su conocimiento que, las autoridades del distrito de Chongos Bajo, acordaron enviarle este Oficio de Adhesión y felicitación por la valiente posición que ha asumido Ud., en defensa de la persona del Señor parlamentario Ramiro Prialé Prialé, a quien un grupo de falsos comuneros encorbatados pretenden calumniarlo como de costumbre, sin tener en cuenta que el Doctor Prialé, es el primer parlamentario que en esta época republicana de nuestra historia, está realizando verdaderas obras en beneficio de la colectividad popular, como es la dación de la Ley 14700, que coloca a los pueblos del centro en un nivel nunca alcanzado hasta la fecha, y la dación de la Ley de Reforma Agraria, que a pesar de tener buen espíritu y fines, lo vienen distorsionando personas de trayectoria nefasta que primeramente traficaron con los intereses de la Universidad Comunal y ahora sirven de lacayos a ciertos impostores y gentes antipatriotas. Queremos dejar sentados nuestra protesta por la ignominiosa campaña desatada contra el Señor parlamentario de Junín Doctor Prialé, a quien se debe las conquistas de Huancayo, y que por lo tanto, debemos reconocerlo en justicia, puesto que al César debe dar lo del César. Firman: Alcalde del Concejo Distrital, Gobernador del Distrito, Juez de Paz, Personero de la Comunidad, Presidente de la Comunidad”.

Las evidencias delictivas de un militante aprista

El Atestado Nº 07-CPF: “Delito: Contra los Deberes de Función-Peculado, Cometido: El Ex – Contador General de la Universidad Nacional del Centro-Huancayo don Marino Orlando Sagastegui Padilla y el Ex – Rector don Nilo Arroba Niño. En agravio de la Universidad Nacional del Centro-Huancayo por un monto de 120,000.00… Conclusiones: Peculado por la suma de ciento veinte mil soles oro (120,000.00), que cobró el primero de los nombrados para beneficio de ambos, durante los años 1965 (Julio) y 1966 (Febrero)

El Atestado Nº 08-CPF: “Delito: Contra los Deberes de Función-Peculado, con el Agravante de Delito Contra la Fe Pública. Cometido: El Ex – Rector Nilo Arroba Niño, el Ex – Contador Ciro Ismael Sánchez Hernández, el Ex – Tesorero Manuel Ganoso Sánchez y por el Ex – Auditor Hernán Martínez Lizárraga. Monto: 774,081.70. En Agravio: Universidad Nacional del Centro del Perú. Ejercicios: 1965, 1966, 1967 y 1968. Aspecto contable: Se ha constatado que se han efectuado gastos ajenos a las necesidades presupuestales y académicas de la UNCP, en provecho propio y de terceros, tales como: alojamiento y otros del Ex – Rector Nilo Arroba Niño, agasajos, cocteladas y otros similares, compra de licores, mantenimiento y reparación de autos particulares, compras de timbres fiscales y del seguro social, gastos de pachamancas, compra de utensilios para el Comedor Universitario sin la documentación sustentatoria. Aspecto policial: Se procedió a interrogar al Administrador del Cine Astoria de esta ciudad… los días 6 y 7 de enero de 1967 alquiló dicho cine a la UNCP según contrato escrito… que el monto pactado fue 25,000.00, el mismo que fue cancelado mediante dos cheques bancarios de 12,500.00 c/u a cargo del Banco Internacional-Sucursal Huancayo. Asimismo deja constancia que el motivo del alquiler fue para celebrar conferencias de carácter académico sustentadas por don Víctor Raúl Haya de la Torre, Ramiro Prialé Prialé y por Miembros del Parlamento Nacional. Interrogado Luis Aguirre Mungui:… por orden del Jefe del Comedor Dr. Gustavo Alejandro Aliaga Rodríguez y en otras oportunidades por el Ex – Rector Nilo Arroba Niño, organizó varias pachamancas y agasajos por diferentes motivos. Interrogado por la pachamanca del 15.09.68 cuyos gastos ascendieron a la suma de 9,995.10 y que fueron cubiertos indebidamente con fondos de la UNCP según la Orden de Pago Nº 115347 manifestó que dicha pachamanca se realizó en la Quinta Aliaga de propiedad del Dr. Aliaga Rodríguez, con motivo de una recepción, para lo cual recibió de dicho funcionario, la suma de 10,000.00 en efectivo. Conclusiones: Que el Ex – Rector Nilo Arroba Niño, así como el Ex – Contador General Ciro Ismael Sánchez Hernández, el Ex – Tesorero Manuel Ganoso Sánchez y el Ex – Auditor Hernán Martínez Lizárraga, resultan presuntos responsables en forma mancomunada de delito de PECULADO por un monto de 774,081.70.

El Atestado Nº 09-CPF: “Delito: Contra el Patrimonio. Apropiación ilícita de 10,000.00 cometida por el Ing. Mauro Meza Montalvo, Ex – Decano de la Facultad de Agronomía de la UNCP. Apropiación ilícita de una máquina de sumar avaluada en 7,820.00 propiedad de la UNCP, cometida por el Ex – Rector de la UNCP Nilo Arroba Niño. Ambas en agravio de la Universidad Nacional del Centro-Huancayo. Conclusiones: Que en cuanto a la máquina sumadora Remington de propiedad de la UNCP, se ha establecido que fue conducida al domicilio particular del Ex – Rector Nilo Arroba Niño, para efectuar trabajos de interés personal relacionados con ajustes de sus cuentas por liquidar. Que el Ex –Rector Nilo Arroba, al no haber cumplido hasta la fecha, con devolver a la Universidad, la máquina sumadora, ha incurrido en el delito de Apropiación Ilícita en agravio de la UNCP por un monto de 7,820.00 a que asciende el valor de la misma según factura”.

El Atestado Nº 09-CPF: “Delito: Contra los Deberes de Función. Peculado por un monto de 20,000.00 cometido por el Ex – Rector de la UNCP Nilo Arroba Niño. Peculado por un monto de 12,237.00 cometido por el Ex – Tesorero de la UNCP Manuel Ganoso Sánchez. Ambas en agravio de la Universidad Nacional del Centro del Perú. Antecedentes: En Agosto de 1967 el Ex – Rector Nilo Arroba Niño, mandó confeccionar al carpintero Pascual Cárdenas Cabello, una discoteca, un ropero empotrado, cuatro comodines, cuatro mesitas, y cuatro repisas todo esto por un precio de 23,000.00… El mencionado carpintero confeccionó los muebles y los entregó e instaló en el domicilio del Ex – Rector Arroba Niño, sito en el Psje. San Martín Nº 245-San Carlos. Conclusiones: Está comprobado que el Ex – Rector Nilo Arroba Niño contrató con el carpintero Pascual Cárdenas Cabello la confección de unos muebles para ser instalados en su domicilio… Con relación al caso del Ing. Carlos Carvo Baltazar, se ha comprobado que recibió la suma de 12,237.50 como Bolsa de Viaje para asistir a un Congreso de Ingeniería Química a realizarse en la República Argentina… El Ing. Carvo Baltazar ha presentado documentos de haber devuelto la suma por la Bolsa de Viaje, al Ex – Tesorero Manuel Ganoso Sánchez; y éste al no haber reintegrado esa cantidad de dinero a la UNCP, es presunto responsable del Delito de Peculado por la suma de 12,237.50.

Un excelente y sabio rector

Nilo Arroba había enviado una conmovedora carta circular el día 7 de octubre de 1968, dirigida a todos los miembros de la comunidad universitaria en la que planteaba una penosa disyuntiva: de hacer política dentro de la universidad o renunciar irrevocablemente a su cargo de rector. Mencionaba además que le preocupaba hondamente que la familia universitaria pensara que su intervención en la vida política del país pudiese comprometer a esa institución (243). Acerca de esta carta, la prensa tan puntualmente mencionó: “Su invitación está sujeta, a que como justa compensación a tan patriótica determinación las demás personas de la Universidad prometan no hacer más política o la Universidad y la sociedad perderían un excelente y sabio rector” (211). 

En su propósito de hacerse a la víctima, el 6 de noviembre en entrevista televisiva, Arroba se quejaba de sus bajos sueldos, pero evadía hablar lo referente al informe del Dr. Efraín Morote Best, presidente de la Comisión Reorganizadora de la UNCP y el de la Policía Fiscal sobre la auditoría de ese mismo año donde resultó responsable, junto con otros, de 700 mil soles malversados (229).

Su encarcelamiento

Nilo Arroba se hizo rector después de la renuncia del Ing. Carranza, al recibir la encargatura de dicho despacho, sin cumplir con ser el decano más antiguo, para lo cual falsificó algunos documentos y cobró ilegalmente sueldos de rector. Esta denuncia fue promovida por el Ing. Juan Julio Quiñe (29), quien luego de hacerla efectiva, fue expulsado de la universidad el 16 de diciembre de 1968 por el Consejo Universitario aprista. La denuncia de Quiñe condujo a Arroba al Segundo Juzgado y finalmente, a la Cárcel Pública de Huancayo (162).

La reclusión de Arroba fue sentida por el Apra, quien organiza el 27 de diciembre un mitin para desagraviar al rector. El mitin resultó un fracaso total, pese a los esfuerzos de sus oradores. En aquella ocasión, como en muchas otras y tratando de “recordarles” al pueblo de Huancayo que la creación de la universidad había sido posible solamente por obra de ellos, sentenciaron: “Los fundadores de la Universidad de esta Casa de Estudios fueron Ramiro Prialé y los doctores Javier Pulgar Vidal y Jesús Véliz Lizárraga” (93).

Acerca de estos actos ilícitos, en tono de justificación, Ricardo Bohórquez acota: “La captura de la Universidad por elementos políticamente antiapristas amparados por el CONUP, condujeron a actitudes revanchistas y a un juicio contra sus legítimas autoridades. Nilo Arroba sufrió absurda prisión y ominosa sentencia. No se había enriquecido personalmente pero se le acusó, entre otras mezquinas cuestiones, de haber usado – efectivamente lo hizo con autorización del Consejo Universitario – una suma de algunos de miles de soles para el multitudinario agasajo a los comuneros y demás asistentes a la ceremonia de firma del Ing. Benavides de la Quintana, de la Escritura cediendo 20 hectáreas para la construcción de la Ciudad universitaria… Los donativos ofrendados por las comunidades sumaban más, sin duda, que el gasto obligado que hizo la Universidad… Otro cargo, el haber dedicado otra suma, también autorizada, para sostener el local de la Asociación de Profesores de la Universidad. En un proceso evidentemente político de lo que se trataba era de liquidar una experiencia democrática incompatible con una Universidad discriminadora, en la cual suponemos, como en otras, se haya implantado la enseñanza de materialismo histórico y de materialismo dialéctico, como la única y suprema expresión de la Filosofía de la Historia y de la Filosofía General” (391).

El APRA movilizaba los mismos recursos de la UNCP para las marchas y mítines de desagravio a la autoridad de Arroba. Diario La Voz de Huancayo, 28 de diciembre de 1968. Archivo personal.
 


El día 15 de enero de 1969, Nilo Arroba consigue una libertad condicional bajo caución de 10 mil soles, habiendo estado preso 32 días (80), luego se encuentra “no habido” por la justicia (1 de diciembre de 1970) (228) y se especula su asilo en la Embajada de Colombia (89).

El día 20 de febrero de 1971, una auditoría a la universidad concluye que el peculado asciende a una suma de 8 millones y que son responsables Nilo Arroba, Ciro Sánchez Hernández, Gustavo Aliaga Rodríguez, entre otros (96,104).

El día 19 de julio de 1973, la Corte Suprema confirmó el fallo del Tribunal Correccional de Junín que condenó a tres años de penitenciaría al exrector Nilo Arroba Niño y al administrador del Comedor Universitario, Alejandro Aliaga Rodríguez, ambos a tres años de penitenciaría. En el interrogatorio realizado por el director de debates Dr. Sarmiento Espejo (108), el 29 de septiembre de 1973, Nilo Arroba realiza varias declaraciones entre las cuales las más resaltantes son:

  1. Asume el rectorado en forma interina en mayo del 1964 y titular en junio de 1967 (108).
  2. Los carros de la UNCP eran utilizados para fines políticos.
  3. La  Universidad asumía los gastos de reparación de los autos particulares de los catedráticos apristas.
  4. Se pagó un banquete de 31 mil soles y 104 soles, para una adhesión a su rectoría por acuerdo de Facultad.
  5. Se compraron 4 cachorros alemanes por el monto de 12 mil soles.
  6. La Asociación Cultural Huancayo era un círculo de catedráticos apristas, quienes se beneficiaban de aguinaldos y demás partidas de subsidios.
  7. Adquisición de la emisora 15-50.
 En el afán de no dejar huellas del delito, el 10 de octubre de 1973 es extraído del expediente judicial un folio que contenía la constancia de un giro por 140 mil soles para cobrarse en Trujillo (81).

Recusación a la Jueza

La defensa de Nilo Arroba, en un caso sin precedentes de la historia judicial universitaria, logró recusar, el 10 de enero de 1969, a la jueza Luz Duarte Heredia, esposa de Jesús Véliz Lizárraga. Para este cometido, Moisés Tambini del Valle, el abogado defensor de Arroba, desnudó las inmoralidades de Véliz Lizárraga demostrando en alguna medida la parcialización del fallo, en los términos siguientes (237):

  1. Su esposo Jesús Véliz Lizárraga ha sido enjuiciado criminalmente por el Comité Pro Reorganización de la Universidad, por los delitos de peculado, malversación, extorsión, etc., en agravio de la Universidad Nacional del Centro del Perú. Acción que está latente y no se halla prescrita tal como afirma la Juez Dra. Luz Duarte de Véliz.
  2. Su esposo siguió un juicio sobre pago de beneficios sociales a la Universidad en el Juzgado de Trabajo de esta ciudad donde despacha el Dr. Jesús Quintana Guzmán.
  3. Su esposo Jesús Véliz Lizárraga ha patrocinado la formación del Comité Pro Reorganización de la Universidad Nacional del Centro, atacando fuertemente al Dr. Nilo Arroba Niño, es así que su hermano el Ingeniero Manuel Duarte Velarde ha sido primero Presidente y luego en la actualidad es Vicepresidente. Este hecho lo pruebo con oficios circulares donde aparece la firma del ingeniero Duarte.
  4. El rector de la Universidad en la exposición tergiversada que hizo el 6 de noviembre atacó fuertemente al esposo de la Juez, porque Jesús Véliz Lizárraga, nunca fue capaz como catedrático ni funcionario de la Universidad Comunal y por su inmoralidad fue expulsado de su seno.
  5. Las denuncias presentadas no acreditan la comisión de ningún delito, sin embargo, la Juez abrió instrucción con orden de detención demostrando flagrante parcialidad y que estaba actuando en un acto de venganza.

Uno de los preámbulos que condicionó para que la recusación sea admitida, fue la relación conyugal entre Jesús Véliz Lizárraga y la Jueza. Véliz tenía grandes problemas con la Asociación de Catedráticos de la UNCP y conflictos con el aprismo. Atestigua tal afirmación el comunicado emitido por la asociación, el 10 de enero de 1969, haciendo presente su descontento con la prisión que purgaba Nilo Arroba Niño y asegurando que tal medida no era más que una venganza de Jesús Véliz Lizárraga que influenciaba sobre su esposa, la Dra. Luz Duarte de Véliz (139).

Su renuncia al rectorado

El día 24 de abril de 1969, Arroba presentó su renuncia irrevocable al rectorado ante el CONUP (102) y el 18 de julio dirigió la siguiente carta al presidente de la Comisión Reorganizadora de la UNCP, Dr. Luis Felipe Alarco: “Con toda atención me dirijo a Ud. a fin de presentarle mi renuncia irrevocable al cargo de Profesor Principal en la Cátedra de Economía que obtuve en esta Universidad, mediante concurso nacional que calificó la Comisión nombrada por el Supremo Gobierno por Ley Nº 13827(253).

Sin mayor tardanza, el mismo día, respondió Luis Felipe Alarco: “Acuso recibo de su atenta comunicación de la fecha, por la cual presenta Ud. su renuncia irrevocable al cargo de Profesor Principal en la Cátedra de Economía. En nombre de la Comisión que presido, agradezco a Ud. los valiosos servicios prestados, como profesor y como rector, a esta Casa Superior de Estudios” (253).

Su renuncia al Apra

El día 13 de noviembre de 1973, Arroba había renunciado al Apra. Ante este acto que su partido consideró insólito, le quitaron el abogado que lo defendía. Su nuevo defensor, el Dr. Jaime Yuli Linares, manifestó que su defendido estaba en la cárcel por sumisión y obediencia al Apra: “Vamos a decirlo sin mentiras, vamos a decirlo sin ambages, Nilo Arroba carecía de los dotes, las condiciones y requisitos necesarios para ser rector… pero el Parlamento otorgó una ley y lo hacen rector… Él perteneció a un partido político de línea vertical, un partido a donde la obediencia, a donde la sumisión tiene un aspecto generatriz. En ese partido sin herir susceptibilidades, tiene que ser el hijo quien obedezca al padre. Acá lo dijo que la Universidad Nacional del Centro siempre había sido un feudo del Partido Aprista Peruano. Acaso se le puede achacar a Nilo Arroba por el hecho de ser sumiso, por el hecho de ser obediente; se le puede achacar el hecho de responder a las expectativas que en él habían cifrado sus principales directivos” (236).

Esta renuncia al Apra, que al parecer fue cierta en el caso de Arroba, debe considerarse un mecanismo de defensa al que ha recurrido el Apra frente a la censura de la opinión pública. Así registramos en la historia de esta agrupación las “renuncias” o “licencias” de Agustín Mantilla, Jorge del Castillo, Rómulo León Alegría, Omar Quesada, Tula Benites, Fernando Barrios Ipenza, etc., a quienes una vez demostrados su acto de corrupción, su partido los aparta, pero en el fondo los protege.




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