Nilo Ángel
Arroba Niño, estudió en la Universidad Nacional de Trujillo y quiso ser médico
(229). Le sirvió mucho ser militante del Apra, móvil que lo condujo a ser
recomendado y contratado en una cátedra por el entonces rector de la
Universidad Comunal del Centro del Perú, Dr. Javier Pulgar Vidal. Ambos de la
misma filiación política. Fue contador público de profesión, según él mismo ha
testimoniado, llegó a trabajar como docente auxiliar en la Universidad Nacional
de Trujillo los años 1966 y 1968. Es considerado como el rector más cuestionado
que ha tenido la UNCP, hasta ahora, unos pocos lo defienden, otros, mayoritariamente,
lo condenan, por sus actos de corrupción, enteramente servil a su partido
político que lo indujo a confundir lealtad con complicidad, autonomía con
impunidad y fue el único rector enviado a la cárcel.
Su ilegal nombramiento
Nilo Arroba se
hizo rector de la UNCP tras la renuncia del ingeniero Manuel Carranza Márquez.
Lo insólito del caso es haber llegado a tan alta investidura sin tener los
requisitos mínimos que condicionaba la Ley Universitaria, gracias a una
maniobra parlamentaria que dio por promulgada la famosa Ley Arroba. Semejante
prerrogativa solamente la tuvo el Dr. Luis Alberto Sánchez con la Ley Sánchez.
El día 17 de
diciembre de 1968 se denunció ante la opinión pública que Nilo Arroba Niño no
tenía el grado de Doctor como se hacía llamar y en su defensa, su abogado
Moisés Tambini del Valle, mencionó que su patrocinado usaba el título de Doctor
porque es costumbre en Huancayo llamar doctor a los abogados y odontólogos
pero, en realidad, Arroba solamente tenía el título de Contador Público
obtenido en la Universidad Nacional de Trujillo, no tenía grado académico de Doctor,
ni tenía los 10 años de profesor principal, requisito esencial, para ser decano
titular o rector (75,111).
Arroba era
consciente de su nombramiento ilegal, puesto que él mismo reconoció en 1964,
carecer de requisitos para ejercer el rectorado, según la declaración que
hiciera el Ing. Juan Julio Quiñe Navarro, el 20 de diciembre de 1968 en la
Corte de Justicia de Junín. Pero contra todos los pronósticos y por demás
curioso, en la Ley Universitaria y en los Estatutos de la UNCP, no existía el
cargo de Encargado de la rectoría, cargo inventado por el Consejo Universitario
para favorecer al único “cuadro” confiable que tenía el Apra y que debía ocupar
el cargo administrativo más alto en la universidad.
Un psicosocial más, el intento de su “asesinato”
La Agrupación
de Catedráticos Apristas de la UNCP se solidarizó con Nilo Arroba y Alejandro
Aliaga Rodríguez, supuestamente por haber sufrido un atentado criminal,
ocurrido contra sus personas (174). El 21 de septiembre de 1968, acerca del atentado,
el Dr. Félix Ortega Arce, alcalde del Concejo Provincial de Huancayo, condenó y
rechazó todo acto que socavaba las bases democráticas y que los métodos
utilizados en este intento de asesinato, eran de tendencia marxista, culpando a
la vez a los miembros de estas agrupaciones. Por su parte Saúl Muñoz Menacho,
secretario general de Unidad de Izquierda, manifestó como respuesta a las
declaraciones de Ortega: “Las artimañas
apristas son conocidas. Lo de ayer es una payasada de ellos mismos para hacerse
notorios, porque están huérfanos del apoyo popular” (188, 197).
Producto de un
ataque sistemático de la prensa derechista, de culpar a las fuerzas
progresistas del atentado, el ministro de Gobierno Carlos Velarde Cabello,
reafirmaba la autoría calumniosa, afirmando que los comunistas atentaron contra
las vidas del Rector y el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, ordenando
un allanamiento del local del Frente de Izquierda de Huancayo y deteniendo a
Juvenal Gorrity Buitrón, Alonso Oblítas Jiménez, Alejandro Aliaga Calvo y Pablo
Ormeño, militantes del Partido Comunista Peruano. Pero, al no poderse
probárseles nada, fueron puestos en libertad a gestión de los dirigentes del
partido Unidad de Izquierda (196).
Acerca
de este intento de asesinato el Dr. Torpoco manifiesta: “Ahora con más madurez y conociendo cómo actúa el Apra, debieron haber
sido ellos mismos. A la gente que no conoce su historia es fácil sorprenderla.
En estos actos existe una intencionalidad, que es desprestigiar a la oposición
política”. Efectivamente, el atentado contra Arroba era un psicosocial
perpetrado por su mismo partido para entretener a la opinión pública frente a
los actos de corrupción que se venían descubriendo y a la huelga estudiantil
que se venía desarrollando.
El atentado
contra Arroba al parecer fue perpetrado por su mismo partido para
entretener a la opinión pública frente a los actos de corrupción que se
venían descubriendo. Archivo personal.
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Su política antiestudiantil
El día 18 de
junio de 1965, Nilo Arroba manifestaba con respecto a las medidas de lucha estudiantil
en pro de la moralización y reorganización universitaria: “Los estudiantes de las universidades del país y de esta Casa de
Estudios acostumbran a ocupar locales, amenazar y vejar a sus profesores,
declararse en huelga, organizar “Marchas de Sacrificio”, declararse en huelga
de hambre, convertir los claustros universitarios en verdaderos campos de
vandalismo y de práctica de sus métodos y posiciones políticas, desvirtuando de
esta manera el fin que está llamada a cumplir la Universidad, toda vez que en
un clima de esta naturaleza ni los alumnos se dedican a estudiar ni permiten
que los profesores puedan enseñar, traicionando de esta manera las esperanzas
que la patria tiene puestas en la juventud y en la Universidad, como medio para
alcanzar su pleno desarrollo a que tiene derecho” (254).
Arroba
continuamente había desconocido a los dirigentes estudiantiles de los Centros
Federados, sobre todo de la Facultad de Educación y a los dos presidentes de la
FEUNCP, Jaime Cerrón Palomino y Javier Véliz Ramos. Estas maniobras estaban
encaminadas a controlar el ingreso en los exámenes de admisión, bajo la premisa
que todos debían ser apristas. Solamente recibía el apoyo de un sector
estudiantil, la UEU, presidido por el incondicional Ricardo Bohórquez (172). Los
desalojos de los estudiantes, autorizando la intervención de las FFPP, la
violación continúa de la autonomía universitaria, las expulsiones del alumnado
y sus calumnias de “agentes del comunismo internacional”, marcaron su gobierno.
El Apra derrocha los fondos de la UNCP
El gobierno
rectoral de sucesivas gestiones había creado una dependencia a la que
denominaron Oficina de Desarrollo y Promoción Comunal, cuyo fin no era el apoyo
a las comunidades, sino una caja grande para garantizar actividades proselitistas
del aprismo. Con el dinero a ella destinada, se movilizaban campesinos con
viáticos pagados, se organizaban mítines, desfiles, afiches, volantes,
recepciones, pachamancadas, cumpleaños, cocteles, comunicados periodísticos y
pagos de alojamiento de personajes políticos.
Las 108
cuestiones, de hecho comprobadas a Nilo Arroba, han confirmado esta inicial
sospecha: “Se comprueba que los
presupuestos para la UNCP se gestionaban en las Cámaras Legislativas contando
con la ayuda de los ex senadores Prialé y Ferreira como de la célula
parlamentaria aprista; probado que con los mismos fondos se atendieron 65
renglones de gasto para homenajear al ex senador Ramiro Prialé – que se
repitieron hasta en tres oportunidades - con concentración y desfile de comunidades,
contratación de vehículos para el traslado, orquestas y bandas, comidas,
banquetes y pagos de alojamiento al ex senador y de sus acompañantes; probado
que con los fondos de la Universidad se pagaba el arrendamiento por dos días,
del cine Astoria para que el jefe del partido aprista sustentara una
conferencia académica y otra de carácter político con motivo y clausura del
Congreso de Alcaldes del Departamento de Junín convocado por el burgomaestre de
Huancayo; probado que la Universidad pagaba el alojamiento y alimentación para
Arroba Niño y Alejandro Aliaga en hoteles lujosos en Lima, Paracas, Trujillo,
Tarma y San Ramón” (109).
El contraataque
político a estas denuncias consistió en obligar a sus autoridades (alcaldes
distritales elegidos por designación partidaria) a realizar pronunciamientos
periodísticos respaldando la gestión rectoral de Arroba y la actitud de Prialé,
las mismas que eran pagadas con el dinero de la universidad, como el que
describimos de un 27 de mayo de 1967: “Nos
es honroso poner en su conocimiento que, las autoridades del distrito de
Chongos Bajo, acordaron enviarle este Oficio de Adhesión y felicitación por la
valiente posición que ha asumido Ud., en defensa de la persona del Señor
parlamentario Ramiro Prialé Prialé, a quien un grupo de falsos comuneros
encorbatados pretenden calumniarlo como de costumbre, sin tener en cuenta que
el Doctor Prialé, es el primer parlamentario que en esta época republicana de
nuestra historia, está realizando verdaderas obras en beneficio de la
colectividad popular, como es la dación de la Ley 14700, que coloca a los
pueblos del centro en un nivel nunca alcanzado hasta la fecha, y la dación de
la Ley de Reforma Agraria, que a pesar de tener buen espíritu y fines, lo
vienen distorsionando personas de trayectoria nefasta que primeramente
traficaron con los intereses de la Universidad Comunal y ahora sirven de
lacayos a ciertos impostores y gentes antipatriotas. Queremos dejar sentados
nuestra protesta por la ignominiosa campaña desatada contra el Señor
parlamentario de Junín Doctor Prialé, a quien se debe las conquistas de
Huancayo, y que por lo tanto, debemos reconocerlo en justicia, puesto que al
César debe dar lo del César. Firman: Alcalde del Concejo Distrital, Gobernador
del Distrito, Juez de Paz, Personero de la Comunidad, Presidente de la
Comunidad”.
Las evidencias delictivas de un militante aprista
El Atestado Nº
07-CPF: “Delito: Contra los Deberes de
Función-Peculado, Cometido: El Ex – Contador General de la Universidad Nacional
del Centro-Huancayo don Marino Orlando Sagastegui Padilla y el Ex – Rector don
Nilo Arroba Niño. En agravio de la Universidad Nacional del Centro-Huancayo por
un monto de 120,000.00… Conclusiones: Peculado por la suma de ciento veinte mil
soles oro (120,000.00), que cobró el primero de los nombrados para beneficio de
ambos, durante los años 1965 (Julio) y 1966 (Febrero)”
El Atestado Nº
08-CPF: “Delito: Contra los Deberes de
Función-Peculado, con el Agravante de Delito Contra la Fe Pública. Cometido: El
Ex – Rector Nilo Arroba Niño, el Ex – Contador Ciro Ismael Sánchez Hernández,
el Ex – Tesorero Manuel Ganoso Sánchez y por el Ex – Auditor Hernán Martínez
Lizárraga. Monto: 774,081.70. En Agravio: Universidad Nacional del Centro del
Perú. Ejercicios: 1965, 1966, 1967 y 1968. Aspecto contable: Se ha constatado
que se han efectuado gastos ajenos a las necesidades presupuestales y
académicas de la UNCP, en provecho propio y de terceros, tales como:
alojamiento y otros del Ex – Rector Nilo Arroba Niño, agasajos, cocteladas y
otros similares, compra de licores, mantenimiento y reparación de autos
particulares, compras de timbres fiscales y del seguro social, gastos de
pachamancas, compra de utensilios para el Comedor Universitario sin la
documentación sustentatoria. Aspecto policial: Se procedió a interrogar al
Administrador del Cine Astoria de esta ciudad… los días 6 y 7 de enero de 1967
alquiló dicho cine a la UNCP según contrato escrito… que el monto pactado fue
25,000.00, el mismo que fue cancelado mediante dos cheques bancarios de
12,500.00 c/u a cargo del Banco Internacional-Sucursal Huancayo. Asimismo deja
constancia que el motivo del alquiler fue para celebrar conferencias de
carácter académico sustentadas por don Víctor Raúl Haya de la Torre, Ramiro
Prialé Prialé y por Miembros del Parlamento Nacional. Interrogado Luis Aguirre
Mungui:… por orden del Jefe del Comedor Dr. Gustavo Alejandro Aliaga Rodríguez
y en otras oportunidades por el Ex – Rector Nilo Arroba Niño, organizó varias
pachamancas y agasajos por diferentes motivos. Interrogado por la pachamanca
del 15.09.68 cuyos gastos ascendieron a la suma de 9,995.10 y que fueron
cubiertos indebidamente con fondos de la UNCP según la Orden de Pago Nº 115347
manifestó que dicha pachamanca se realizó en la Quinta Aliaga de propiedad del
Dr. Aliaga Rodríguez, con motivo de una recepción, para lo cual recibió de
dicho funcionario, la suma de 10,000.00 en efectivo. Conclusiones: Que el Ex –
Rector Nilo Arroba Niño, así como el Ex – Contador General Ciro Ismael Sánchez
Hernández, el Ex – Tesorero Manuel Ganoso Sánchez y el Ex – Auditor Hernán
Martínez Lizárraga, resultan presuntos responsables en forma mancomunada de
delito de PECULADO por un monto de 774,081.70” .
El Atestado Nº
09-CPF: “Delito: Contra el Patrimonio.
Apropiación ilícita de 10,000.00 cometida por el Ing. Mauro Meza Montalvo, Ex –
Decano de la Facultad de Agronomía de la UNCP. Apropiación ilícita de una
máquina de sumar avaluada en 7,820.00 propiedad de la UNCP, cometida por el Ex
– Rector de la UNCP Nilo Arroba Niño. Ambas en agravio de la Universidad
Nacional del Centro-Huancayo. Conclusiones: Que en cuanto a la máquina sumadora
Remington de propiedad de la UNCP, se ha establecido que fue conducida al
domicilio particular del Ex – Rector Nilo Arroba Niño, para efectuar trabajos
de interés personal relacionados con ajustes de sus cuentas por liquidar. Que
el Ex –Rector Nilo Arroba, al no haber cumplido hasta la fecha, con devolver a
la Universidad, la máquina sumadora, ha incurrido en el delito de Apropiación
Ilícita en agravio de la UNCP por un monto de 7,820.00 a que asciende
el valor de la misma según factura”.
El Atestado Nº
09-CPF: “Delito: Contra los Deberes de
Función. Peculado por un monto de 20,000.00 cometido por el Ex – Rector de la
UNCP Nilo Arroba Niño. Peculado por un monto de 12,237.00 cometido por el Ex –
Tesorero de la UNCP Manuel Ganoso Sánchez. Ambas en agravio de la Universidad
Nacional del Centro del Perú. Antecedentes: En Agosto de 1967 el Ex – Rector
Nilo Arroba Niño, mandó confeccionar al carpintero Pascual Cárdenas Cabello,
una discoteca, un ropero empotrado, cuatro comodines, cuatro mesitas, y cuatro
repisas todo esto por un precio de 23,000.00… El mencionado carpintero
confeccionó los muebles y los entregó e instaló en el domicilio del Ex – Rector
Arroba Niño, sito en el Psje. San Martín Nº 245-San Carlos. Conclusiones: Está
comprobado que el Ex – Rector Nilo Arroba Niño contrató con el carpintero
Pascual Cárdenas Cabello la confección de unos muebles para ser instalados en
su domicilio… Con relación al caso del Ing. Carlos Carvo Baltazar, se ha
comprobado que recibió la suma de 12,237.50 como Bolsa de Viaje para asistir a
un Congreso de Ingeniería Química a realizarse en la República Argentina… El
Ing. Carvo Baltazar ha presentado documentos de haber devuelto la suma por la
Bolsa de Viaje, al Ex – Tesorero Manuel Ganoso Sánchez; y éste al no haber
reintegrado esa cantidad de dinero a la UNCP, es presunto responsable del
Delito de Peculado por la suma de 12,237.50” .
Un excelente y sabio rector
Nilo Arroba
había enviado una conmovedora carta circular el día 7 de octubre de 1968,
dirigida a todos los miembros de la comunidad universitaria en la que planteaba
una penosa disyuntiva: de hacer política dentro de la universidad o renunciar
irrevocablemente a su cargo de rector. Mencionaba además que le preocupaba
hondamente que la familia universitaria pensara que su intervención en la vida
política del país pudiese comprometer a esa institución (243). Acerca de esta
carta, la prensa tan puntualmente mencionó: “Su invitación está sujeta, a que como justa compensación a tan
patriótica determinación las demás personas de la Universidad prometan no hacer
más política o la Universidad y la sociedad perderían un excelente y sabio
rector” (211).
En su propósito
de hacerse a la víctima, el 6 de noviembre en entrevista televisiva, Arroba se
quejaba de sus bajos sueldos, pero evadía hablar lo referente al informe del
Dr. Efraín Morote Best, presidente de la Comisión Reorganizadora de la UNCP y
el de la Policía Fiscal sobre la auditoría de ese mismo año donde resultó
responsable, junto con otros, de 700 mil soles malversados (229).
Su encarcelamiento
Nilo Arroba se
hizo rector después de la renuncia del Ing. Carranza, al recibir la encargatura
de dicho despacho, sin cumplir con ser el decano más antiguo, para lo cual
falsificó algunos documentos y cobró ilegalmente sueldos de rector. Esta
denuncia fue promovida por el Ing. Juan Julio Quiñe (29), quien luego de
hacerla efectiva, fue expulsado de la universidad el 16 de diciembre de 1968
por el Consejo Universitario aprista. La denuncia de Quiñe condujo a Arroba al
Segundo Juzgado y finalmente, a la Cárcel Pública de Huancayo (162).
La reclusión
de Arroba fue sentida por el Apra, quien organiza el 27 de diciembre un mitin
para desagraviar al rector. El mitin resultó un fracaso total, pese a los
esfuerzos de sus oradores. En aquella ocasión, como en muchas otras y tratando
de “recordarles” al pueblo de Huancayo que la creación de la universidad había
sido posible solamente por obra de ellos, sentenciaron: “Los fundadores de la Universidad de esta Casa de Estudios fueron Ramiro
Prialé y los doctores Javier Pulgar Vidal y Jesús Véliz Lizárraga” (93).
Acerca de estos actos ilícitos, en tono de justificación, Ricardo
Bohórquez acota: “La captura de la
Universidad por elementos políticamente antiapristas amparados por el CONUP,
condujeron a actitudes revanchistas y a un juicio contra sus legítimas
autoridades. Nilo Arroba sufrió absurda
prisión y ominosa sentencia. No se había enriquecido personalmente pero se
le acusó, entre otras mezquinas cuestiones, de haber usado – efectivamente lo
hizo con autorización del Consejo Universitario – una suma de algunos de miles
de soles para el multitudinario agasajo a los comuneros y demás asistentes a la
ceremonia de firma del Ing. Benavides de la Quintana, de la Escritura cediendo 20 hectáreas para la
construcción de la Ciudad universitaria… Los donativos ofrendados por las
comunidades sumaban más, sin duda, que el gasto obligado que hizo la
Universidad… Otro cargo, el haber dedicado otra suma, también autorizada, para
sostener el local de la Asociación de Profesores de la Universidad. En un
proceso evidentemente político de lo que se trataba era de liquidar una
experiencia democrática incompatible con una Universidad discriminadora, en la
cual suponemos, como en otras, se haya implantado la enseñanza de materialismo
histórico y de materialismo dialéctico, como la única y suprema expresión de la
Filosofía de la Historia y de la Filosofía General” (391).
El APRA
movilizaba los mismos recursos de
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El día 15 de
enero de 1969, Nilo Arroba consigue una libertad condicional bajo caución de 10
mil soles, habiendo estado preso 32 días (80), luego se encuentra “no habido”
por la justicia (1 de diciembre de 1970) (228) y se especula su asilo en la
Embajada de Colombia (89).
El día 20 de febrero
de 1971, una auditoría a la universidad concluye que el peculado asciende a una
suma de 8 millones y que son responsables Nilo Arroba, Ciro Sánchez Hernández,
Gustavo Aliaga Rodríguez, entre otros (96,104).
El día 19 de
julio de 1973, la Corte Suprema confirmó el fallo del Tribunal Correccional de
Junín que condenó a tres años de penitenciaría al exrector Nilo Arroba Niño y
al administrador del Comedor Universitario, Alejandro Aliaga Rodríguez, ambos a
tres años de penitenciaría. En el interrogatorio realizado por el director de
debates Dr. Sarmiento Espejo (108), el 29 de septiembre de 1973, Nilo Arroba
realiza varias declaraciones entre las cuales las más resaltantes son:
- Asume el rectorado en forma interina en mayo del
1964 y titular en junio de 1967 (108).
- Los carros de la UNCP eran utilizados para fines
políticos.
- La
Universidad asumía los gastos de reparación de los autos
particulares de los catedráticos apristas.
- Se pagó un banquete de 31 mil soles y 104 soles,
para una adhesión a su rectoría por acuerdo de Facultad.
- Se compraron 4 cachorros alemanes por el monto de
12 mil soles.
- La Asociación Cultural Huancayo era un círculo de
catedráticos apristas, quienes se beneficiaban de aguinaldos y demás
partidas de subsidios.
- Adquisición de la emisora 15-50.
En el afán de
no dejar huellas del delito, el 10 de octubre de 1973 es extraído del
expediente judicial un folio que contenía la constancia de un giro por 140 mil
soles para cobrarse en Trujillo (81).
La defensa de
Nilo Arroba, en un caso sin precedentes de la historia judicial universitaria,
logró recusar, el 10 de enero de 1969, a la jueza Luz Duarte Heredia, esposa de
Jesús Véliz Lizárraga. Para este cometido, Moisés Tambini del Valle, el abogado
defensor de Arroba, desnudó las inmoralidades de Véliz Lizárraga demostrando en
alguna medida la parcialización del fallo, en los términos siguientes (237):
- Su esposo Jesús Véliz Lizárraga ha sido
enjuiciado criminalmente por el Comité Pro Reorganización de la
Universidad, por los delitos de peculado, malversación, extorsión, etc.,
en agravio de la Universidad Nacional del Centro del Perú. Acción que está
latente y no se halla prescrita tal como afirma la Juez Dra. Luz Duarte de
Véliz.
- Su esposo siguió un juicio sobre pago de beneficios
sociales a la Universidad en el Juzgado de Trabajo de esta ciudad donde
despacha el Dr. Jesús Quintana Guzmán.
- Su esposo Jesús Véliz Lizárraga ha patrocinado la
formación del Comité Pro Reorganización de la Universidad Nacional del
Centro, atacando fuertemente al Dr. Nilo Arroba Niño, es así que su
hermano el Ingeniero Manuel Duarte Velarde ha sido primero Presidente y
luego en la actualidad es Vicepresidente. Este hecho lo pruebo con oficios
circulares donde aparece la firma del ingeniero Duarte.
- El rector de la Universidad en la exposición
tergiversada que hizo el 6 de noviembre atacó fuertemente al esposo de la
Juez, porque Jesús Véliz Lizárraga, nunca fue capaz como catedrático ni
funcionario de la Universidad Comunal y por su inmoralidad fue expulsado
de su seno.
- Las denuncias presentadas no acreditan la
comisión de ningún delito, sin embargo, la Juez abrió instrucción con
orden de detención demostrando flagrante parcialidad y que estaba actuando
en un acto de venganza.
Uno de los
preámbulos que condicionó para que la recusación sea admitida, fue la relación
conyugal entre Jesús Véliz Lizárraga y la Jueza. Véliz tenía grandes problemas
con la Asociación de Catedráticos de la UNCP y conflictos con el aprismo.
Atestigua tal afirmación el comunicado emitido por la asociación, el 10 de
enero de 1969, haciendo presente su descontento con la prisión que purgaba Nilo
Arroba Niño y asegurando que tal medida no era más que una venganza de Jesús
Véliz Lizárraga que influenciaba sobre su esposa, la Dra. Luz Duarte de Véliz
(139).
Su renuncia al rectorado
El día 24 de
abril de 1969, Arroba presentó su renuncia irrevocable al rectorado ante el
CONUP (102) y el 18 de julio dirigió la siguiente carta al presidente de la
Comisión Reorganizadora de la UNCP, Dr. Luis Felipe Alarco: “Con toda atención me dirijo a Ud. a fin de
presentarle mi renuncia irrevocable al cargo de Profesor Principal en la
Cátedra de Economía que obtuve en esta Universidad, mediante concurso nacional
que calificó la Comisión nombrada por el Supremo Gobierno por Ley Nº 13827” (253).
Sin mayor
tardanza, el mismo día, respondió Luis Felipe Alarco: “Acuso recibo de su atenta comunicación de la fecha, por la cual
presenta Ud. su renuncia irrevocable al cargo de Profesor Principal en la
Cátedra de Economía. En nombre de la Comisión que presido, agradezco a Ud. los
valiosos servicios prestados, como profesor y como rector, a esta Casa Superior
de Estudios” (253).
Su renuncia al Apra
El día 13 de
noviembre de 1973, Arroba había renunciado al Apra. Ante este acto que su
partido consideró insólito, le quitaron el abogado que lo defendía. Su nuevo
defensor, el Dr. Jaime Yuli Linares, manifestó que su defendido estaba en la
cárcel por sumisión y obediencia al Apra: “Vamos
a decirlo sin mentiras, vamos a decirlo sin ambages, Nilo Arroba carecía de los
dotes, las condiciones y requisitos necesarios para ser rector… pero el
Parlamento otorgó una ley y lo hacen rector… Él perteneció a un partido
político de línea vertical, un partido a donde la obediencia, a donde la
sumisión tiene un aspecto generatriz. En ese partido sin herir
susceptibilidades, tiene que ser el hijo quien obedezca al padre. Acá lo dijo
que la Universidad Nacional del Centro siempre había sido un feudo del Partido
Aprista Peruano. Acaso se le puede achacar a Nilo Arroba por el hecho de ser sumiso,
por el hecho de ser obediente; se le puede achacar el hecho de responder a las
expectativas que en él habían cifrado sus principales directivos” (236).
Esta renuncia
al Apra, que al parecer fue cierta en el caso de Arroba, debe considerarse un
mecanismo de defensa al que ha recurrido el Apra frente a la censura de la
opinión pública. Así registramos en la historia de esta agrupación las
“renuncias” o “licencias” de Agustín Mantilla, Jorge del Castillo, Rómulo León
Alegría, Omar Quesada, Tula Benites, Fernando Barrios Ipenza, etc., a quienes
una vez demostrados su acto de corrupción, su partido los aparta, pero en el
fondo los protege.
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